La urbanización una vez realizada puede conservarse, bien por la Administración, bien por los particulares en caso de que así lo disponga el Plan, en cuyo caso estos habrán de integrarse obligatoriamente en una Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación.
«Las Entidades de Conservación implican la previa realización de la urbanización y su objeto es precisamente la conservación y mantenimiento de una urbanización ya realizada». (S.T.S. 14 de abril 1992).
Como premisa fundamental es preciso señalar que estas Entidades están vinculadas siempre a un elemento territorial. Este tipo de Entidades Colaboradoras constituyen una colectividad, considerada como unidad territorial y de intereses, es por tanto lógica la pertenencia obligatoria de todos los propietarios incluidos en su ámbito y las facultades que le son propias. Como su nombre indica, vienen referidas a la adopción de medidas precisas para la conservación de las obras de urbanización y el mantenimiento de las dotaciones e instalaciones de los servicios públicos en condiciones adecuadas, de seguridad, salubridad y ornato público, con una clara finalidad pública e interés general.
Se podría definir «entidad urbanística colaboradora de mantenimiento y conservación», como un ente urbanístico colaborador, de naturaleza administrativa que adquiere personalidad jurídica plena desde el momento de su inscripción en el Registro de entidades correspondiente. En principio está integrada por los propietarios de los terrenos incluidos en el ámbito territorial de la unidad de ejecución o polígono. Son por tanto Asociaciones privadas de propietarios a las que se les confiere el ejercicio de funciones públicas de carácter administrativo referidas a la gestión urbanística. Asumen en ese orden de cosas, las facultades que les confiere el ordenamiento jurídico y sus Estatutos que debidamente aprobados los desarrollan. Su objeto principal es la conservación de las obras de urbanización y el mantenimiento de las dotaciones e instalaciones de los servicios públicos que se encuentren dentro del ámbito territorial al que pertenecen.
Nuestra oferta de servicios:
Empresarios industriales y comerciantes no pueden perder su tiempo en los detalles cotidianos de mantenimiento y/o conservación de su negocio, precisan centrarse en su actividad de forma plena y por ello valoran la eficaz gestión externa de los servicios de mantenimiento y conservación de sus instalaciones.
El Grupo Roldán proporciona una respuesta ágil y rápida a todas aquellas engorrosas incidencias que surgen en el día a día para que usted pueda centrarse en su trabajo.
Comenzamos en 1982 nuestra andadura de asistencia al sector inmobiliario de una forma colateral y complementaria de otras aéreas de nuestra actividad profesional. Como Administradores de Fincas Colegiados que administrábamos entre otras, comunidades industriales de propietarios, rescatamos las necesidades de éstos para solucionar incidencias que a diario se presentaban, algunas de las cuales causaban notables efectos sobre el funcionamiento de las empresas.
Prestamos soluciones de Facility Management acreditando la gestión eficiente de servicios que demandan las empresas, así como de los edificios en que éstas se ubican para el desarrollo normal de los usos a que éstos están destinados proporcionando un funcionamiento eficaz, fiable y seguro a través de una supervisión constante de las instalaciones de las que están dotados tales edificios.
Los servicios que Grupo Roldán prestamos son amplios y variados pudiendo abarcar, entre otros, los siguientes:
MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES.-
SERVICIOS GENERALES.-
Beneficios obtenidos y proporcionados:
En la actualidad, en Gestoría Roldán tenemos cuatro líneas de negocio: GESTIÓN URBANÍSTICA, ADMINISTRACIÓN DE FINCAS, LEGAL y ASESORÍA en las cuales se enmarca nuestra actividad diaria que nos hacen una empresa con capacidad de ofrecer a nuestros clientes la mayor eficacia, eficiencia y alternativas en la solución de cualquier situación relacionada con el sector inmobiliario.
A través de nuestros profesionales ofrecemos servicios de calidad en la redacción de Planeamiento Urbanístico, Proyectos de Urbanización, Reparcelación, Segregación así como en la gestión de todo tipo de licencias municipales, actuaciones ante Registros Públicos, contrataciones con suministradoras eléctricas, Canal de Isabel II, etc,.
La actividad de administración y secretaría de Juntas de Compensación, Entidades Urbanísticas Colaboradoras de Conservación, Polígonos Industriales, Edificios de Oficinas y Residenciales es en la actualidad la línea de negocio con mayor proyección y crecimiento dentro de nuestra empresa.
La experiencia de nuestros Profesionales Colegiados y las empresas de alta calidad que colaboran con nosotros, siempre bajo la información, supervisión y aprobación de los propietarios, ofrecen un abanico de posibilidades en función de las necesidades del cliente, ya sea en asesoramiento jurídico-fiscal-laboral, urbanización, edificación, zonas verdes, mantenimiento, vigilancia y conserjería, etc., que proporcionan al ente administrador un valor añadido.
Regulada en los artículos 126 a 130 de la Ley del Suelo de 1976, y en los arts. 157 y ss. del Reglamento de Gestión Urbanística, la Junta de Compensación es una entidad urbanística colaboradora, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, a través de la cual son los propietarios que representen, como mínimo el 60% de la superficie total del polígono o unidad de actuación, quienes asumen la ejecución de la urbanización y proceden a la distribución de beneficios y cargas derivadas del planeamiento.
La Junta de Compensación es una entidad urbanística colaboradora por disposición del artículo 24.2 del R.G.U. Como tal se regirá por sus Estatutos, por las Normas Especiales sobre las mismas de la Ley del Suelo y del R.G.U. (arts. 126 a 130 de la L.S./76, y arts. 161 y ss. del R.G.U.) y por las Normas Generales contenidas en el R.G.U. (arts. 24 a 30).
Tienen personalidad jurídica propia, pero sólo desde el momento de su inscripción en el Registro de entidades Urbanísticas Colaboradoras (art. 26 del R.G.U.).
Tienen plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, siendo los más importantes la redacción de los proyectos de urbanización y reparcelación, la ejecución de las obras de urbanización, la cesión al Ayuntamiento de los terrenos de uso público ya urbanizados, adjudicar las parcelas resultantes entre sus miembros, etc.
Nuestra oferta de Servicios:
Centramos una de nuestras especialidades en el asesoramiento, gestión y tramitación de Licencias Municipales, aportando a través de los distintos departamentos un soporte integral que engloba desde los trámites administrativos, hasta la elaboración de proyectos técnicos, pasando por el imprescindible asesoramiento jurídico-económico.
Nuestra oferta de servicios: